Como asociarte al fondo de Empleados para el ahorro el bienestar y la vivienda
Quienes pueden asociarse a FAVI?
- Servidores públicos:
- Rama Ejecutiva
- Rama Legislativa
- Rama Judicial
- Empleados Nomina
- Empleados en misión
- Contratistas
- Trabajadores de FAVI
- Asociados activos que se pensionen
- Asociados que pierdan la relación laboral
- Pensionados de las empresas de la Rama Ejecutiva
Primer Aporte
Para la asociación al Favi se requiere el pago del 1 primer aporte equivalente a 1 salario mínimo diario, correspondiente al Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
Suma que engrosará la cuenta de aportes y ahorros.
Porcentajes de Ahorro
Los porcentajes de ahorro serán determinados según el tipo de contrato de los asociados, así:
DE PLANTA: del 5 al 10% sobre su salario mensual. DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS: del 5 al 10% sobre el 40% del valor mensual de su contrato.
NOTA: Si el salario supera los 5.1 SMLV, el asociado podrá ahorrar desde el 3% de su ingreso.
Distribución de los aportes
Aporte: EL 30% del ahorro.
Ahorro Permanente: El 70% del ahorro
(Genera rentabilidad anual sobre saldos mensuales)
Documentos Requeridos
- Fotocopia de cédula de ciudadanía , con su respectiva firma y huella.
- Certificación laboral no superior a 30 días y dos últimos desprendibles de nómina, para los contratistas copia del contrato.
- Diligenciar el formulario de asociación
Retiro Voluntario
DEVOLUCIÓN DE APORTES:
Según estatutos el Fondo cuenta hasta con sesenta (60) días calendario para hacer la devolución de los aportes.
Reingreso al FAVI
Toda persona que se haya retirado del Fondo, puede volver a los tres (3) meses; siempre y cuando esté laborando para una de las entidades de la Rama Ejecutiva, legislativa o judicial; ya sea de planta o prestador de servicios. Si es pensionado, puede volver en cualquier momento.

